Ray Barradas.
Veracruz, Ver.- A partir del día 1° de abril, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) fiscalizará a los usuarios, a través de las empresas aéreas que los transporten desde el extranjero a México y viceversa.
Las aerolíneas estarán obligadas a transmitir electrónicamente información de sus pasajeros, sobre su fecha de reservación, forma de pago, razón social y/o nombre de la agencia y/o agente de viajes que le vendió el boleto, itinerario de viaje y código compartido.
Las empresas también podrán transmitir registros con información de contacto del pasajero que lo acredite como viajero frecuente y revele a qué beneficios tiene derecho, como a boletos gratis y cambio de categorías, si su reservación es partida o dividida, ruta del viajero, asiento asignado y otros.
Además, las aerolíneas deberán proporcionar al SAT toda esta información con 72 horas de anticipación al despegue del avión y actualizarse dentro de las 48, 24 y ocho horas previas al mismo, así como aportar el Código Localizador de Registro (PNR).
Las obligaciones que tendrán vigencia a partir del 1° de Abril de 2015, están están reguladas en la Ley Aduanera y Reglas de Carácter General en Materia de Comercio Exterior, a propuesta de Organización de las Naciones Unidas y de la Organización Mundial de Aduanas.
Un total de 49 países han adoptado esas medidas como una herramienta básica para reforzar la seguridad de los ciudadanos y de los países.