Janet Zurita.
Veracruz, Ver.- El Sistema de Administración Tributaria (SAT), publicó el esquema para la introducción al país de restos humanos por un aeropuerto.
En su página web, detalló que la agencia funeraria deberá presentar en la ventanilla en el área administrativa de plataforma la documentación siguiente: guía aérea, trámite sanitario, certificado de muerte y registro ante consulado.
Luego el personal administrativo registra en el libro de gobierno “Registro de restos humanos” lo siguiente: número de control por día, nombre del finado, número de guía, línea aérea.
Asimismo, el personal administrativo entregará documentación al verificador. El verificador recibe la documentación, revisa e indica al operador ingrese los restos humanos a la máquina de rayos x.
De la misma manera, el verificador escanea los restos humanos y revisa las imágenes en el monitor ubicado en su caso inconsistencias en densidades o irregularidades.
La normatividad, de acuerdo al Sat, está avalada por la: a) Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos: Artículos 73, fracciones XXIX, numeral 1°y 89 fracción XIII y 131; b) Ley Aduanera: Artículos 1, 2 fracción XV, 4 fracción II y 144 fracciones VIII, IX y XI; c) Ley del Servicio de Administración Tributaria: Artículos 7, fracciones II y VII y el Reglamento de la Ley Aduanera: Artículo 199, entre otras leyes.