Janet Zurita.
Manzanillo, Col.- La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) detectó en la Aduana de Manzanillo, Colima, la presencia de una plaga forestal de importancia cuarentenaria en un embarque proveniente de la Ciudad de Xiamen, China, y originario de Vietnam, con destino al estado de Aguascalientes.
Se trataba de un embarque con un cargamento de 231 cartones con dos mil 202 piezas elaboradas con materias primas forestales como lirio acuático, hoja de plátano y partes de madera, por lo que se ordenó su inmediata fumigación con bromuro de metilo.
Las manufacturas elaboradas con materias vegetales transables y de diferentes formas y tamaños, transportadas en el buque motor “Mol Premium Voy-224E”, en un contenedor de 35 m3 de capacidad, son platones decorativos, charolas, organizadores de cubiertos, cestos y canastas.
Inspectores de la PROFEPA, constataron la presencia de numerosos insectos en estado de desarrollo adulto, vivos y muertos, asociados a la parasitología forestal, por lo que se tomaron muestras para su preparación y envío al Laboratorio de Análisis y Referencia en Sanidad Forestal de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), para su diagnóstico, clasificación taxonómica y dictamen técnico correspondientes.
El dictamen de laboratorio determinó que se trataba de la especie Dinoderus bifoveolatus, en la orden de los coleópteros y la familia Coleotera bostrichidae, considerada plaga cuarentenaria al no existir en los ecosistemas forestales nacionales, así como de importancia económica potencial para el área donde se distribuya o establezca.
Con el objeto de evitar cualquier riesgo fitosanitario por la presencia de dicha plaga cuarentenaria, la importadora “Cantia, S.A. de C.V” realizó la fumigación de los 231 cartones; sólo falta que dicha empresa determine si retorna o incinera el embarque, lo que se deberá llevar a cabo a la brevedad.
Los embarques con su mercancía deben cumplir ante la SEMARNAT una regulación o restricción no arancelaria previa a su importación o ingreso al país, cuya documentación oficial solicitada es la factura comercial, conocimiento marítimo, pedimento aduanal, certificado de tratamiento o fumigación de origen, registro de verificación, pago de derechos y certificado fitosanitario de importación.
La NOM-144-SEMARNAT-2012 establece las medidas fitosanitarias que reducen significativamente el riesgo de introducción y diseminación al país de plagas cuarentenarias que se asocian al embalaje de madera que sirve de soporte a otro tipo de mercancías.
Por su parte, la Ley Federal de Sanidad Vegetal señala que las medidas fitosanitarias tienen por objeto prevenir, confinar, excluir, combatir o erradicar las plagas que afectan a los vegetales, sus productos o subproductos, cuando puedan representar un riesgo fitosanitario.
Corresponde a la PROFEPA revisar las importaciones de materias primas, productos y subproductos forestales, como madera aserrada, embalajes, artesanías de madera, productos manufacturados con mimbre, esculturas o tallas de madera, marcos, cuadros y muebles, con el propósito de verificar que estén libres de plagas y enfermedades para garantizar su calidad fitosanitaria.
Cabe mencionar que la actuación de esta Procuraduría se dio con fundamento en lo dispuesto por los artículos 120 de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable y 139 del Reglamento de la propia LGDFS, 30 y 55 de la Ley Federal de Sanidad Vegetal, así como 19 fracciones III y XXIII y 33 fracción I del Reglamento Interior de la SEMARNAT.