Pedro Cruz.
Veracruz, Ver.- El Comité de Seguridad Marítima (MSC) de la Organización Marítima Internacional (OMI), en su 103º periodo de sesiones en mayo de 2021, completó un estudio exploratorio sobre la reglamentación para analizar todos los tratados de seguridad de los buques pertinentes con el fin de evaluar cómo podrían regularse en el futuro los buques marítimo autónomo. El estudio se inició en 2017 para determinar el modo de abordar en los instrumentos de la OMI el funcionamiento seguro, protegido y ambientalmente idóneo de los buques con autonomía propia.
El estudio consistió en evaluar una serie de instrumentos y tratados de la OMI e identificar las disposiciones que se aplican a los buques autónomos que podrían requerir enmiendas o aclaraciones, y/o podría contener lagunas; o no se aplican a las operaciones.
Se consideraron varios grados de autonomía:
Grado 1: Buque con procesos automatizados y apoyo en la toma de decisiones: La gente de mar está a bordo para operar y controlar los sistemas y las funciones de a bordo. Algunas operaciones pueden estar automatizada y en ocasiones sin supervisión, pero con gente de mar a bordo lista para tomar el control.
Grado 2: Buque controlado a distancia con gente de mar a bordo: El buque se controla y opera desde otro emplazamiento. Hay gente de mar a bordo, disponible para tomar el control y operar los sistemas y funciones de a bordo del buque.
Grado 3: Buque controlado a distancia sin gente de mar a bordo: El buque se controla y opera desde otro emplazamiento. No hay gente de mar a bordo.
Grado 4: Buque totalmente autónomo: El sistema operativo del buque es capaz de tomar decisiones y de determinar acciones por sí mismo.
La lista de instrumentos incluida en el estudio exploratorio abarca el Convenio SOLAS y varios códigos que adquirieron carácter obligatorio. El resultado del estudio exploratorio sobre la reglamentación fue desarrollado por un grupo de correspondencia y discutido en un grupo de trabajo durante el MSC 103, que se reunió del 5 al 14 de mayo.
Para cada disposición, el estudio identificó si los buques autónomos podría ser regulado por: las equivalencias dispuestas por los instrumentos o la elaboración de interpretaciones; y/o enmiendas a los instrumentos existentes; y/o la elaboración de nuevos instrumentos; o ninguna de las opciones anteriores, como resultado del análisis.
El resultado puso de manifiesto una serie de cuestiones prioritarias, que abarcan varios instrumentos, y que deberán abordarse a nivel político para determinar el trabajo futuro. Entre ellas se encuentra la aclaración del significado de los términos capitán del buque, tripulación o persona responsable, especialmente en los grados 3 (buque controlado por control remoto) y 4 (buque totalmente autónomo).
Otras cuestiones clave son el tratamiento de las prescripciones funcionales y operacionales de control a distancia del puesto/centro de control a distancia y la posible designación de un operador remoto como gente de mar.